Ley de nietos: el Supremo suspende el voto de nuevos inscritos

Por Redacción ChatAmigos·
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El Tribunal Supremo ha decidido suspender la inscripción en el Censo Electoral de Residentes Ausentes derivada de la llamada “ley de nietos”. La Sala de lo Contencioso Administrativo estimó la medida cautelar solicitada por Iustitia Europa y Vox, dejando en pausa el ejercicio del derecho a voto mientras se resuelven los recursos contra la reforma. La resolución indica que los trámites de inscripción deben continuar hasta su finalización, pero una vez concluido el expediente la inscripción quedará suspendida hasta la sentencia definitiva. Asimismo, los efectos electorales de quienes ya estaban inscritos se suspenderán. El Gobierno y la Fiscalía, a través de la Abogacía del Estado, se opusieron a la medida durante la vista celebrada ayer. La controversia se origina en la Ley de Memoria Democrática de 2022, que estableció una presunción de exilio político para quienes abandonaron España entre 1936 y 1955, permitiendo conceder la nacionalidad española y el derecho a inscribirse en el censo sin necesidad de pruebas documentales. La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, entonces dirigida por Sofía Puente, hermana del ministro de Transportes Íscar Puente, aprobó la norma en octubre de 2022. Con la decisión del Supremo, la presunción queda paralizada. El tribunal reconoce el derecho al voto a quienes demuestren documentalmente la condición de exiliados de sus antecesores. La suspensión permanecerá vigente hasta que el Alto Tribunal dicte sentencia definitiva en el procedimiento.

Contexto y análisis

La polémica que rodea a la “ley de los nietos” se remonta a la reforma de la Ley de Memoria Democrática aprobada en 2022, cuando el Gobierno de coalición amplió la posibilidad de adquirir la nacionalidad española a los descendientes de quienes huyeron del país entre 1936 y 1955. Esa norma introdujo una presunción de exilio político que dispensaba a los solicitantes la carga de aportar pruebas documentales, con el objetivo de reparar una injusticia histórica y facilitar la participación cívica de miles de españoles y sus familias que vivían en el extranjero. Desde su promulgación, la medida ha sido objeto de críticas por parte de partidos de la derecha y de organizaciones como Iustitia Europa, que la consideran una vulneración del principio de igualdad y una vía de acceso al voto que podría ser manipulada. El fallo del Tribunal Supremo, dictado por la Sala de lo Contencioso Administrativo, suspende de forma cautelar tanto la inscripción de nuevos residentes ausentes como los efectos electorales de los ya inscritos, mientras se tramitan los recursos contra la reforma. La decisión no anula la ley, pero paraliza la presunción de exilio y obliga a los aspirantes a acreditar documentalmente su condición de descendientes de exiliados. El impacto inmediato recae sobre miles de personas que, tras haber solicitado la nacionalidad y el censo, ven truncado su derecho al voto en las próximas elecciones. Además, el veredicto pone de relieve la tensión entre la agenda de memoria histórica y los límites constitucionales en materia de igualdad y participación electoral, un debate que probablemente se prolongará hasta que el Supremo emita una sentencia definitiva.

Análisis de la redacción de ChatAmigos.

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